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  • Foto del escritorSonia Navarro Abogados

¿Cómo divorciarse o separarse ante Notario?

Actualizado: 24 abr 2020

Desde SONIA NAVARRO ABOGADOS os explicamos cómo divorciarse de mutuo acuerdo o separarse ante Notario.


La separación tiene una tramitación muy similar a la del divorcio, aunque yo voy a tratar de explicar en este post cómo divorciarse de mutuo acuerdo en la Notaría, por ser el trámite más común.


Esto es posible a raíz de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, que permite a los cónyuges elegir si quieren tramitar el divorcio, siempre y cuando éste sea de mutuo acuerdo, ante la Notaría o en los Juzgados.


Para poder tramitar el divorcio de mutuo acuerdo ante la Notaría o separarse, se deberán cumplir los siguientes requisitos, de lo contrario éste deberá dirigirse directamente al Juzgado:

  • Que sea de mutuo acuerdo.

  • Que se lleve más de tres meses casados.

  • Que no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente.

  • Que la mujer no se encuentre embarazada. Y esto es así porque el artículo 29 del Código Civil establece que el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables. Por lo que, si alguno de los cónyuges se encuentra embarazada se deberá realizar el divorcio en el Juzgado necesariamente.

  • Es necesario que un abogado suscriba el trámite de divorcio de mutuo acuerdo, tanto si se realiza ante Notario como en el Juzgado. Cabe añadir que si el trámite se realiza en el Juzgado se deberá contar con la presencia de un Procurador.


El acto consistirá en prestar por parte de los cónyuges su voluntad de divorciarse, incorporándose esta declaración y el Convenio Regulador en la correspondiente Escritura.


¿Qué documentación se debe aportar?

  • El DNI o NIE de los cónyuges.

  • Libro de familia para acreditar que los cónyuges no tienen hijos menores de edad.

  • Certificado de matrimonio para acreditar que los cónyuges llevan más de tres meses casados.

  • Certificado de nacimiento de los hijos mayores de edad si los hubiera.

  • Convenio Regulador previamente acordado y redactado por el abogado contratado.

  • Certificado de empadronamiento de los cónyuges para acreditar la competencia territorial del Notario.


Además, si se va a proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales, se le puede requerir para que se acredite la disposición de los bienes y deudas existentes en la sociedad ganancial.


¿Qué ocurre si existen hijos mayores de edad?

Si hay hijos mayores de edad o emancipados, deberán prestar el consentimiento “respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar” conforme establece el artículo  82 del Código Civil.


La ley no exige su presencia personal, por lo que podrán estar representados para poder prestar dicho consentimiento.


¿Qué conviene más? ¿Divorciarse en la Notaría o en el Juzgado?

No se puede ofrecer una respuesta concreta, ya que cada matrimonio, asesorado por su abogado, deberá valorar la opción más interesante para su situación. Pero es cierto que el procedimiento ante Notario es más rápido que el divorcio ante el Juzgado.


Una vez redactado el Convenio Regulador por el abogado designado, se llevará éste y los documentos requeridos a la Notaría, fijándose un día para ratificar el Convenio y mostrar la voluntad por los cónyuges para divorciarse.




En SONIA NAVARRO ABOGADOS prestamos el asesoramiento legal necesario a nuestros clientes buscando siempre el mejor acuerdo para ambos cónyuges, ayudándoles a redactar el Convenio Regulador.

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